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La Justicia confirmó la prohibición de demoler el Luna Park tras rechazar la apelación del Gobierno porteño

La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario ratificó el freno a los trámites que permitían la destrucción interna del histórico Palacio de los Deportes, al considerar que el proyecto de remodelación violaba las normas de protección patrimonial.

La Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires volvió a frenar los planes de la administración de Jorge Macri respecto al Luna Park. La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario rechazó este lunes el recurso de apelación interpuesto por el Ejecutivo local contra la resolución que ordenaba la suspensión inmediata de cualquier obra o trámite vinculado al proyecto de demolición del emblemático edificio. Con esta decisión, el tribunal dejó firme la medida adoptada en noviembre por el Juzgado N° 5, la cual prohíbe avanzar con la iniciativa oficial sobre el predio situado en la capital nacional.

El conflicto judicial se originó a partir de una acción promovida por el abogado Andrés Gil Domínguez, quien denunció que el proyecto aprobado por la Dirección General de Interpretación Urbanística contravenía las leyes de resguardo edilicio. Según los argumentos presentados ante el juzgado, la propuesta de la Ciudad permitía la destrucción de casi la totalidad del interior del inmueble bajo el argumento de una modernización técnica. En este sentido, Gil Domínguez sostuvo que “autorizar la demolición de la casi totalidad de su interior es una acción prohibida que no tiene vuelta atrás, es su destrucción”. El letrado advirtió además que, bajo la excusa de una mejora tecnológica, se pretendía desnaturalizar la esencia del edificio al aumentar su volumen y modificar la fachada.

El Palacio de los Deportes, inaugurado en 1934, posee una Protección Estructural que impide alterar su volumen original. Sin embargo, el plan impulsado por el Gobierno porteño buscaba elevar el aforo de 8400 a 11.100 espectadores. Para lograr este objetivo, la disposición administrativa habilitaba el reemplazo total de la cubierta y la adición de un nivel por encima de la fachada actual. Por su parte, un informe técnico elaborado por los arquitectos Marcelo Magadán y Francisco Girelli, incorporado a una denuncia paralela de diversas organizaciones civiles, calificó la iniciativa de la capital nacional como un “sinsentido”. Los especialistas explicaron que destruir un monumento histórico con la supuesta finalidad de conservarlo implicaría una pérdida total de sus componentes de valor.

La movilización judicial sumó el apoyo de entidades como la Asociación Civil Basta de Demoler y el Observatorio del Derecho a la Ciudad. Estas organizaciones alertaron sobre la gravedad de que el Luna Park se convirtiera en el primer Monumento Histórico Nacional demolido desde el retorno de la democracia en 1983. Asimismo, el informe de los expertos señaló que la disposición oficial no aprobaba una restauración real, sino que habilitaba “una demolición encubierta y la construcción de un nuevo edificio en el interior de una suerte de cáscara”. Según los profesionales, todas las actualizaciones de seguridad, iluminación y aislamiento térmico pueden resolverse mediante un proyecto de rehabilitación integral que respete la estructura original de CABA.

En la misma línea de defensa patrimonial, la jueza Natalia Tanno quedó a cargo de evaluar si mantiene la protección de forma permanente. Mientras tanto, el fallo de la Cámara ratifica que el Gobierno porteño no podrá ejecutar la Disposición 1283/DGIUR/25, la cual servía de base legal para el inicio de las obras. Buenos Aires presenció durante las últimas semanas un rechazo transversal a la medida oficial, el cual involucró a referentes de la música, el deporte y la cultura popular que consideran al estadio como un ícono de la identidad argentina. De tal modo, la decisión judicial de este lunes representa una victoria para los sectores que buscan preservar el diseño arquitectónico singular de la manzana de Corrientes y Bouchard.

La administración de la Ciudad intentó justificar la obra mediante la necesidad de optimizar el consumo de energía y mejorar las condiciones de aislación acústica del estadio. No obstante, los tribunales porteños priorizaron la restricción taxativa de no alterar el volumen en inmuebles catalogados con protección especial. A su vez, los magistrados consideraron que la pérdida de los valores históricos del edificio sería irreversible si se permitieran las demoliciones internas previstas originalmente. En tanto, el Luna Park permanecerá sin modificaciones estructurales mientras continúe el debate sobre los límites de las intervenciones privadas y públicas en bienes protegidos por ley.

El Palacio de los Deportes albergó a lo largo de su historia acontecimientos políticos, religiosos y culturales que lo transformaron en un emblema nacional. Frente a la posibilidad de su destrucción, los especialistas apuntaron que cualquier actualización tecnológica debe realizarse salvaguardando el testimonio histórico que el edificio representa para Buenos Aires. La resolución de la Cámara porteña sienta un precedente relevante para otros casos similares donde el avance de proyectos inmobiliarios o de infraestructura colisiona con las normativas de preservación de la memoria urbana en la capital nacional.

La cautelar vigente suspende los plazos administrativos y congela cualquier intención de desmantelar las tribunas o la tradicional cubierta del estadio. Por ahora, el destino del Luna Park quedó resguardado por el Poder Judicial, que exigió al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el cumplimiento estricto de las leyes que protegen el patrimonio cultural. Esta instancia significa un freno contundente a las pretensiones de la gestión actual de autorizar obras de gran escala en sitios con máxima jerarquía de protección histórica.

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